En todo caso, el patrón informará a dichos jóvenes y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, conforme a lo dispuesto en la giro b) del artículo 7 del texto refundido de la índole del Estatuto de los Trabajadores consentido por el Existente Decreto parlamento 1/1995, https://bookmarkstumble.com/story21386661/riesgo-psicosocial-opciones